CON LAS CUENTAS CLARAS


Por una mayor transparencia:
17/11/2008
Los delegados gremiales de Suc.78-124-151, notificamos por Carta Documento los principales puntos dentro de la sucursal que debieran resolverse a la brevedad.
A raíz de los serios avances en la gestión de RRHH es necesario puntualizar 2 aspectos centrales con referencia a la transparencia que debieran poseer los recibos de sueldos del personal en pos de una más clara lectura para su mejor análisis por parte de los empleados.

1) Antigüedad:
Dicho ítem debiera ser implementado dentro del recibo de sueldo, es decir que el porcentaje por antigüedad, asignado en la actualidad, este claramente discriminado en un punto aparte del básico por convenio. Esto permitirá al empleado obtener una mayor tranquilidad y control del progreso de sus haberes.
Apelamos tengan a bien revertir dichas anomalías, en su momento cuestionadas a la jefatura de personal.

2) Faltantes de cajas:
En la actualidad la empresa tiene la modalidad de incluir en el ítem “Anticipo de sueldo” todos los faltantes de cajas, siendo que estos faltantes debieran discriminarse en forma separada, ya que el empleado no goza del adelanto reflejado en el recibo de sueldo. Se solicita implementar tal modificación para una mayor transparencia.

QUE NO TE RE-ESTRUCTUREN...


Compañeros trabajadores de Coto Cicsa:
Tenemos presente que la empresa ha lanzado, en estos últimos meses, una mega-reestructuración en el sector línea de cajas tendiente a modernizar las terminales de cobro y mejorar la atención al cliente., Sin embargo cuestionamos la modalidad y el objetivo de semejante emprendimiento.
Los trabajadores no nos oponemos al progreso tecnológico pero si nos oponemos a que la empresa cometa inescrupulosamente atropellos laborales en nombre de la re-estructuración. A saber:

1) Exigir al personal de 36Hs. que se baje a contrato de 24Hs.

2) Exigir al personal que no aceptare lo propuesto por RRHH trasladarse a otra sucursal.

3) Enviar telegrama a los domicilios de los trabajadores para presentarse en otra sucursal.

Estos 3 puntos son inaceptables e inmorales porque generan un grave perjuicio a las condiciones laborales del trabajador. La empresa no los puede obligar a realizar los que ustedes no quieran.
Si alguno de estos puntos les ocurriese y no están de acuerdo con lo exigido por la empresa consultemos a nosotros o comuníquense con algún abogado laboral. Hagan valer sus derechos!!!
articulo14bis@hotmail.com

SABER PARA DEFENDERSE


Noviembre 2008
Sepan que la empresa esta obligada a consultarles sobre cualquier tipo de modificación de horarios y lugares de trabajo que afecten la rutina diaria del trabajador. Esto también incluye cualquier intento de traslado a otras sucursales.
Articulo 66 Ley 20744 “Contrato de trabajo”.
Toda modificación deberá realizarse con el consentimiento exclusivo del trabajador. Si Ud. No esta de acuerdo rechace la propuesta de RRHH, es su derecho!!!
En caso de que tal procedimiento no exista, es decir que se quiera modificar cualquier aspecto de lo antes mencionado sin la aprobación del empleado, entonces se deberá intimar a la empresa mediante carta documento para que revierta su actitud. Ante cualquier duda consultenos:
articulo14bis@hotmail.com